Punto Limpio

Normativa Punto Limpio

HORARIO

LUNES A VIERNES: DE 12:00h. A 14:00h.

SÁBADOS: DE 09:00h. A 13:00h.

NORMATIVA

Prestación del Servicio.

Para la prestación del servicio se tendrá en cuenta que:

  • Sólo se admiten residuos generados por particulares.

  • Se prohíbe la entrada de residuos de origen industrial. Las actividades industriales deberán gestionar sus propios residuos a través de gestores autorizados por la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Tipología de los Residuos.

En el Punto Limpio se admiten los siguientes residuos:

  1. Residuos comunes:
    • Restos metálicos de hogares.
    • Electrodomésticos sin CFC.
    • Residuos voluminosos (muebles, colchones, etc).
    • Cascotes de pequeñas obras.

  1. Residuos especiales:
    • Podas y residuos vegetales.

Formas de presentación de los Residuos.

Para la recogida de los residuos anteriormente mencionados, éstos deberán entregarse de acuerdo a unas normas de presentación, las cuales son:

  • Tierras y escombros: Debido a la naturaleza de estos residuos, se deberán presentar en sacos o bolsas de plástico cerrados de 25 kilos como máximo.

  • Poda y restos vegetales: En la medida de lo posible la longitud de las ramas no excederá de un metro.

Residuos no admisibles.

No se podrán depositar los siguientes residuos:

  • Restos de comida.

  • Animales muertos.

  • Productos tóxicos y peligrosos.

Cantidades máximas admisibles de recursos.

El depósito de los materiales tendrá las siguientes limitaciones por persona y día:

Tierras y escombros............... Máximo de 75 kilos

Frigoríficos..................................Máximo de 1 unidad

Maderas.................................. Máximo 60 kilos o un mueble

Electrodomésticos................... Máximo de 2 unidades

Podas y residuos vegetales...........1 metro cúbico (1 saca)

Sanciones.

Las infracciones podrán dar lugar a la imposición de las siguientes sanciones:

  • Infracciones muy graves: Multa hasta 3.000,00 euros.
  • Infracciones graves: Multa hasta 1 .500,00 euros.
  • Infracciones leves: Hasta 750,00 euros.

Las sanciones se graduarán atendiendo a:

  • Las circunstancias del responsable.

  • El grado de intencionalidad, participación y beneficio obtenido.

  • La reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme.

  • La irreversibilidad de los daños o deterioros producidos.